Sobre nosotros

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A partir de la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa, España pasó a formar parte de las Naciones democráticas en las que se garantizaba la plena libertad de Culto del individuo y el reconocimiento por parte del Estado de las Confesiones Religiosas.

Con el objeto de poder obtener este reconocimiento y que el Estado considere interlocutores válidos a los diferentes Cultos que así lo requieran, creó al efecto el Registro de Entidades Religiosas, dependiente del Ministerio de Justicia a través de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, gestionado por la Subdirección General de Relaciones con las Confesiones, otorgando de esta forma personalidad jurídica civil a las religiones registradas, pero también como condición sine qua non para que el Estado pueda dialogar con los Cultos de manera efectiva.

Solo a través de este requisito formal de inscripción que establece el Ministerio de Justicia, pueden las Confesiones religiosas ejercer sus derechos frente al Estado y no de ninguna otra manera, no considerando ninguna otra fórmula de reconocimiento previo ni de capacidad de diálogo. Así, por el mero hecho de decir que se pertenece a un Culto concreto, no viene obligada la Administración mientras el mismo no haya sido reconocido por ésta, estableciendo en definitiva la Inscripción como la única vía legal para entablar el diálogo con las Confesiones.

Desde entonces y hasta la fecha, diferentes Cultos paganos hemos ido modificando nuestras estructuras marginales para adaptarnos a la nueva circunstancia y obligaciones y comenzar nuestra andadura pública al amparo de un ejercicio visible de nuestros Derechos Fundamentales con diferentes recorridos y suerte.

Puesto que solo a través del Registro se admitiría la interlocución y se avendría la Administración a escuchar nuestras demandas, tal y como exige el propio Estado, procuramos adecuar nuestras estructuras, desarrollar y plasmar de forma escritural nuestro régimen de funcionamiento y explicar nuestras doctrinas en un documento público, inscribiendo nuestros Cultos en dicho Registro.

Ateneo de Madrid. Primera Conferencia para el reconocimiento de los derechos del Paganismo en España, 27 de Abril de 2013, que contó con la participación del Estado en la persona de D. RIcardo García, Subdirector General de Relaciones con las Confesiones del Ministerio de Justicia de España

Finalmente y ya inscritos, una parte de los Cultos Paganos reconocidos por el Estado comenzamos a mantener reuniones periódicas con la intención de evaluar las necesidades de nuestros fieles y de nuestros Cultos, los problemas comunes, observando las carencias y limitaciones y confirmando que pese a la Legislación vigente, abierta y respetuosa con la diversidad religiosa, se nos siguen negando derechos básicos que nos garanticen una libertad religiosa efectiva y plena.

Sopesando nuestras posibilidades y en atención a tales necesidades, el nueve de julio de 2012 se constituye la Plataforma en favor de la Libertad Religiosa del Paganismo (Plataforma), formada hoy en día por la Confesión Religiosa Wicca, Tradición Celtíbera (WCTB), la Asociación Religiosa Druida Fintan (ARDF), la Hermandad Druida Dun Ailline (HDDA), la Ásatrú Lore Vantrú Assembly (ALVA) y Alfrothul Ásatrú Folkish (ALFROTHUL), bajo el nuevo nombre de Plataforma de Religiones Ancestrales Europeas (PRAE).

Que en nuestra Plataforma Nativa solo participen Confesiones registradas obedece, obviamente, a que nos unen unos problemas comunes que poder abordar conjuntamente, y a que solo a través de este formulismo legal tendremos la posibilidad de ser atendidos y reclamar nuestros derechos tras obtener la citada personalidad jurídica civil. No entendemos, lógicamente, que el hecho de estar reconocidos nos haga más religiosos que el resto de Cultos paganos o que nuestras creencias sean más ciertas o respetables que las demás, pero sí procura la capacidad legal necesaria para poder reivindicar nuestro derecho a una práctica igualitaria.

El objetivo de elegir este modelo de Plataforma y no el de Federación, se sustenta en respetar la idiosincrasia religiosa de todos nuestros Cultos, pues a diferencia, por ejemplo, de los casos evangélico o musulmán, nuestras religiones son diferentes y no variantes de una misma referencia cultual.

Esta Plataforma es inclusiva, abierta y respetuosa con todas las creencias paganas, inscritas o no en el Registro en tanto y cuando lo sean realmente, y puesto que tiene por objeto la atención de sus demandas en la práctica de nuestros Cultos, a quienes contemplen la posibilidad de unirse a nosotros solo se les exige tres requisitos básicos:

1º.- Estar inscritos en el Registro de Confesiones provisional o definitivamente. Porque solo a través del mismo, el Estado contempla la interlocución efectiva.

2º.- Aceptar, defender y asumir la reclamación de nuestras reivindicaciones. Porque nuestra unidad se basa en el consenso en cuanto a las prioridades sobre las reivindicaciones comunes que nos ha unido.

3º.- Trabajar desde la fraternidad, la transparencia y el consenso por la consecución de los mismos. Porque sin la confianza, la franqueza y la tolerancia hacia nuestras diferentes creencias, que son los únicos ingredientes para una posición mancomunada, sería imposible la estabilidad de un esfuerzo que nos exige tiempo, paciencia y voluntad.

Igualmente nos ponemos a disposición de la Comunidad Pagana para todo aquello que esté relacionado con el derecho a la práctica de nuestras creencias y el fomento de la legalización de nuestras Confesiones.

Como religiones que somos y no negocios que utilicen las creencias para medrar, pero respetando que cada cual pueda ganarse la vida como mejor pueda, sepa y entienda, nos desmarcamos institucionalmente de todo lucro personal subyacente. Asimismo es necesario hacer notar, que ha sido el propio Estado quien nos ha marcado la necesidad, por otra parte evidente, de separar radicalmente lo religioso de lo comercial, motivo por el cual hemos procurado incidir.

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